Se han implementado cambios importantes en el procedimiento de comunicación previa para vuelos de drones en España. Los puntos más relevantes son:
Principales cambios:
- Se ha reducido el plazo de comunicación de 10 días hábiles a 5 días naturales
- Si el Ministerio responde, se pueden planificar los 5 días posteriores al día principal programado
¿Cuándo es necesaria la comunicación previa?
- En entornos urbanos (zonas con edificios, alumbrado público, parques con actividades)
- Para vuelos en categoría abierta A1 (drones menos de 900g)
- Para vuelos en categoría abierta A2 (drones menos de 4kg)
- En categoría específica escenario estándar STS-ES01
¿Cuándo NO es necesaria?
- Vuelos en categoría abierta A3 (alejado 150m de zonas residenciales/comerciales)
- Operaciones en entornos escasamente poblados (escenario STS-ES02)
Requerimientos del Ministerio:
- Certificados de competencia del piloto (cuando aplique)
- Seguro de responsabilidad civil (cuando sea necesario)
- Evidencia de coordinación con aeropuertos/helipuertos si aplica
- Plan de vuelo en casos específicos
- Autorizaciones especiales según restricciones del espacio aéreo
Es importante destacar que el silencio administrativo es positivo, lo que significa que si no hay respuesta, se puede proceder con la operación llevando el resguardo de la comunicación previa.
El proceso, aunque mejorado, sigue presentando desafíos para operaciones urgentes o de último momento, ya que requiere una planificación anticipada de al menos 5 días.