Puntos positivos del nuevo Real Decreto UAS:
- Vuelo en CTRs: Se permite volar en CTRs hasta 60 metros de altura sin necesidad de coordinaciones, comunicaciones, ni carnet de radiofonista.
- Seguro: Ya no es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil para la mayoría de las operaciones, excepto para subcategoría A2 (drones de más de 900 gramos en entorno urbano) y categoría específica (STS 01 y 02).
- Reducción del plazo de comunicación al Ministerio del Interior: El plazo para comunicar el vuelo en ciudades se reduce de 10 a 5 días naturales.
- En categoría abierta, específica o certificada se puede volar a una altura igual o inferior a 120 metros en zona urbana.
- Las zonas ZEPA o MITECO se unifican.
Puntos negativos del nuevo Real Decreto UAS:
- Comunicación al Ministerio del Interior: Sigue siendo obligatorio comunicar al Ministerio del Interior el vuelo en ciudades, incluso para drones de menos de 250 gramos. La comunicación puede ser denegada y no hay excepciones para ningún tipo de dron.
- Registro de drones: Todos los drones, tanto nuevos como antiguos, deben ser registrados en una nueva plataforma online en un plazo de 15 días (para drones nuevos) o 6 meses (para drones antiguos).
- Formaciones STS: Las declaraciones operacionales para STS 01 y 02 solo pueden realizarse hasta el 30 de agosto de 2024. A partir de esa fecha, la única forma de volar en STS 01 o 02 será realizar las conversiones a los escenarios estándar europeo, lo que implica un examen de conversión y la obtención de un dron C5 para volar en entorno urbano.
- Vuelo en entorno urbano: No sobrevolar edificios en categoría abierta, distancia a las fachadas de los edificios con drones de menos de 250 gramos, sin restricción. Con drones C1, 10 metros entre fachadas. Con drones de más de 900 gramos, 30 metros.
- Cambia el concepto de entorno urbano definido en el apartado 1
- Certificado radiofonista: La teoría la imparte AESA gratuita on-line. La practica una ATO aprobada por AESA. Caducidad 2 años. Válidos los certificados emitidos anteriormente al RD durante 2 años. Válido para volar en CTR a más de 60 metros de altura y cerca de los ATZ de los aeropuertos.
Otros puntos importantes:
- El plazo para realizar las adaptaciones a los escenarios estándar europeos para pilotos STS en categoría específica es hasta el 1 de enero de 2026.
- A partir del 1 de enero de 2026, será obligatorio tener un dron C5 para volar en entorno urbano con STS.
- Excesiva burocracia y las restricciones impuestas por el nuevo Real Decreto UAS, especialmente la comunicación al Ministerio del Interior y el registro de drones.
En general, el nuevo Real Decreto UAS introduce algunos cambios positivos, como la posibilidad de volar en CTRs sin necesidad de coordinaciones, pero también impone nuevas cargas administrativas y restricciones a los pilotos de drones, especialmente a aquellos que vuelan en ciudades o con drones STS.
El Real Decreto 517/2024: Un Nuevo Marco Regulatorio para los Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) en España
El Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, marca un hito en la regulación de los Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) en España, adaptando el marco jurídico nacional a la normativa de la Unión Europea y estableciendo un nuevo régimen para la utilización civil de estas aeronaves. Este decreto, publicado en el BOE el 5 de junio de 2024, aborda una amplia gama de aspectos, desde la definición de los UAS hasta la seguridad operacional y la integración en el espacio aéreo.
Un Contexto Evolutivo: De los Aeromodelos a los UAS
El Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, fue el primer paso hacia la regulación de las aeronaves pilotadas por control remoto en España. Sin embargo, la normativa de la Unión Europea, concretamente el Reglamento (UE) 2018/1139, amplió el concepto de «aeronave no tripulada» para incluir tanto las aeronaves pilotadas por control remoto como las que operan de forma autónoma. Esta expansión del ámbito de aplicación del Reglamento Base, como se conoce a la normativa europea, ha tenido un impacto significativo en la regulación nacional.
Un Marco Integral: Abordando Diferentes Ámbitos
El Real Decreto 517/2024 se estructura en torno a tres pilares fundamentales:
Desarrollo del régimen jurídico para la utilización civil de UAS: Se establece un marco regulatorio específico para las actividades sujetas a la normativa de la Unión Europea, incluyendo la certificación de operadores, la autorización de operaciones y la seguridad operacional.
Regulación de las actividades excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento Base: Se establecen normas para las actividades o servicios no EASA, como la vigilancia y disciplina del tráfico, la lucha contra incendios y la búsqueda y salvamento, realizadas por organismos investidos de autoridad pública.
Adaptación de la normativa nacional a la nueva realidad de los UAS: Se modifican diversos reglamentos para incorporar las nuevas definiciones, requisitos y procedimientos relacionados con los UAS, incluyendo la matriculación, la compatibilidad electromagnética y la notificación de sucesos.
Puntos Clave del Real Decreto 517/2024:
Ampliación del concepto de «aeronave no tripulada»: Se incorpora la definición de «aeronave no tripulada» del Reglamento Base, incluyendo tanto las aeronaves pilotadas por control remoto como las que operan de forma autónoma.
Establecimiento de un régimen específico para las actividades o servicios no EASA: Se regulan las actividades realizadas por organismos investidos de autoridad pública, con excepciones a ciertos requisitos del Reglamento de Ejecución.
Creación del Registro de aeronaves no tripuladas del Ministerio del Interior: Se establece la obligación de registrar las aeronaves no tripuladas, incluyendo la comunicación de su desaparición, extravío, sustracción o cualquier otra circunstancia que las inhabilite para realizar operaciones.
Designación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea como autoridad notificante: Se le atribuyen funciones de control de la aeronavegabilidad, del personal y de las operaciones de UAS.
Modificación de diversos reglamentos para adaptarse a la nueva realidad de los UAS: Se actualizan las normas sobre matriculación, compatibilidad electromagnética, demostraciones aéreas civiles, lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, notificación de sucesos y otros aspectos relacionados con la seguridad aérea.
Tabla de Cambios:
Implicaciones del Real Decreto 517/2024:
Este real decreto tiene implicaciones importantes para diversos actores:
Operadores de UAS: Deben cumplir con los nuevos requisitos de certificación, autorización y seguridad operacional, adaptando sus operaciones al nuevo marco regulatorio.
Organismos investidos de autoridad pública: Deben garantizar un grado equivalente de seguridad operacional en las actividades o servicios no EASA, cumpliendo con los mecanismos establecidos en el decreto.
Industria de los UAS: La nueva normativa crea un marco más claro y estable para el desarrollo de la industria, fomentando la innovación y el crecimiento del sector.
Seguridad Aérea: El decreto contribuye a mejorar la seguridad del espacio aéreo, garantizando la integración segura de los UAS en el sistema de aviación.
Conclusión:
El Real Decreto 517/2024 representa un avance significativo en la regulación de los UAS en España, adaptando el marco jurídico nacional a la normativa de la Unión Europea y estableciendo un nuevo régimen para la utilización civil de estas aeronaves. Este decreto, con su enfoque integral y su atención a la seguridad operacional, sienta las bases para el desarrollo responsable y sostenible de la industria de los UAS en España.
Las asociaciones de pilotos profesionales, entre ellas La Asociación Nacional de Pilotos de Drones (ANPD), instan a que se considere de manera colaborativa sus propuestas junto con las entidades reguladoras, con el fin de promover la operación de sistemas aéreos no tripulados (UAS) y establecer normativas proporcionales al riesgo de cada operación.