AMC relativos al programa de mantenimiento.


El día 3 de agosto de 2018, en virtud de la disposición adicional cuarta del RD1036/2017, la directora de AESA firmaba la resolución por la cual se establecen los medios aceptables de cumplimiento y material guía de varios aspectos relacionados con las actividades profesionales de RPAS.

Nueve apéndices recién estrenados, entre los cuales la formación de pilotos, la caracterización de aeronaves y las acciones relativas al mantenimiento son los aspectos mas destacados.

Pero hoy hemos analizado la nueva revisión del apéndice H. El artículo 16 del RD 1036/2017 ya establecía que son los fabricantes, o en su caso, el titular de su certificado de tipo es quien deberá elaborar y desarrollar el manual que describa su funcionamiento, mantenimiento y reparación. Aquí empieza el primer problema, la mayor parte de los grandes fabricantes de drones «plug and play» no elaboran manuales de mantenimiento.

El operador es el responsable de mantenimiento y la conservación de la aeronavegabilidad y según el apéndice H debe establecer un registro de los datos relativos a:

  • Los vuelos realizados y el tiempo de vuelo.

  • Las deficiencias ocurridas antes de y durante los vuelos, para su análisis y resolución.

  • Los eventos significativos relacionados con la seguridad.

  • Las inspecciones y acciones de mantenimiento y sustitución de piezas realizadas.

¿Quién debe realizar el mantenimiento de los RPAS?.

En las aeronaves de menos de 2 kilos de MTOM, el operador podrá realizar el mantenimiento siguiendo solo las instrucciones del fabricante.

En los RPAS de mas de 2 kilos de MTOM podrán ejecutar los programas de mantenimiento:

  • El fabricante o titular de su certificado de tipo.

  • Organizaciones de mantenimiento que cumplan los requisitos del Ministerio de Fomento.

  • El operador siempre que haya recibido la formación adecuada del fabricante (el apéndice R regula esta formación).

Registros de mantenimiento.

El operador debe establecer un registro de mantenimiento de sus drones. En el apéndice Q, AESA marca los AMC relativos a estos registros y muestra unos ejemplos de formularios tipo tabla.

Uso compartido de un dron.

El responsable de la aeronavegabilidad de un dron es el operador, AESA solo permite que dos operadores compartan un RPAS si el mantenimiento lo realiza un tercero habilitado según el RD 1036/2017, que no sea ninguno de los operadores que lo utilizan. 

Tipos de revisiones.

AESA establece una clasificación de diferentes tipos de revisiones que pueden realizarse. Pero dependiendo del dron y de la operación que se realice, pueden presentarse otros tipos de revisión.

  • Primera revisión después del montaje.

  • Comprobación pre-vuelo.

  • Comprobación post-vuelo.

  • Revisiones periódicas:

    • Servicio. Semestral o cada 120h de vuelo

    • General o Básica. Anual o cada 240h de vuelo.

  • Otras revisiones.

 

Formulario de operaciones

https://docs.wixstatic.com/ugd/aad95b_140bb617aaad46fb92bd2bd1d4380812.pdf