La nueva normativa europea para el vuelo de drones y la organización del espacio aéreo


La industria de los drones está experimentando un gran crecimiento en los últimos años, impulsada por aplicaciones tanto recreativas como comerciales. Sin embargo, la falta de una regulación clara en toda Europa estaba frenando el desarrollo de este sector. A partir de 2023, entrará en vigor la nueva normativa europea que armoniza los requisitos para el vuelo de drones de forma remota en toda la Unión Europea.

Esta normativa establece unos escenarios estándar de operación (STS, por sus siglas en inglés) que agrupan diferentes niveles de riesgo y que permitirán volar con drones de forma más sencilla y homogénea en todos los países. Los escenarios STS-01 y STS-02 posibilitarán operar con drones de hasta 25kg y 3kg respectivamente. Para volar según estos escenarios no será necesario una autorización previa en cada país.

Sin embargo, surgía la duda de cómo podrían operar aquellos drones que ya volaban según las normativas nacionales previas a esta regulación europea, y que no disponían de la certificación de clase requerida (C5 para STS-01 y C6 para STS-02). La buena noticia es que hasta el 31 de diciembre de 2025 podrán seguir operando bajo las declaraciones de conformidad de los escenarios nacionales siempre que se registren antes de esa fecha.

Esto dará un margen de dos años a los operadores para adaptar sus flotas a las nuevas exigencias europeas o usar los drones actuales dentro de otras categorías como la Abierta A3, aunque con requisitos más complejos. Durante este periodo, la documentación podrá ir actualizándose paulatinamente a los requisitos STS sin interrupción de la actividad. Gracias a este periodo transitorio, los países europeos se podrán adaptar de forma coordinada y homogénea a la nueva normativa.

Por otro lado, la seguridad operacional de los drones depende también de la organización y gestión eficaz del espacio aéreo. En España, el espacio aéreo se divide en varias regiones como las Regiones de Información de Vuelo o FIR (por sus siglas en inglés), que a su vez se subdividen en las Áreas de Control Terminales (TMA) asociadas a los aeropuertos.

En España tenemos 12 Áreas de Control Terminal (TMA)

Dentro de las FIR existen también las Áreas de Control (CTA) que se extienden hacia arriba desde una determinada altura. Muy vinculadas a los aeródromos encontramos las Zonas de Control (CTR) y las Zonas de Tránsito de Aeródromo (ATZ). Finalmente, otras figuras como las Aerovías (AWY) definen corredores para canalizar el tráfico aéreo.

La correcta organización y delimitación de estas áreas permite gestionar de forma fluida y segura los miles de vuelos diarios, tanto de naves tripuladas como no tripuladas. Los pilotos de drones deben tener un conocimiento básico de esta estructura del espacio aéreo para identificar las limitaciones y requisitos en cada zona y evitar interferencias con otros usuarios del espacio aéreo.

La entrada en vigor de la nueva normativa europea y la armonización de requisitos que esta supone permitirá el desarrollo seguro y sostenible de la industria de los sistemas aéreos no tripulados en los próximos años. Países como España disponen además de una buena estructura en la organización y gestión del espacio aéreo que también contribuirá a esta integración segura de los drones. El periodo transitorio hasta 2025 otorga flexibilidad a los operadores para adaptarse sin interrupciones a la nueva reglamentación.

Pongamos un ejemplo: 

 Tengo un Mavic2pro, ¿qué tengo que hacer para poderlo seguir usando hasta finales del 2025?

 

Desde el 31 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, los operadores de drones pueden presentar   declaraciones de conformidad con los escenarios estándar nacionales (STS-ES) publicados por AESA. Dichas   declaraciones serán válidas y se podrá operar, de acuerdo con lo declarado, hasta el 31 de diciembre de 2025. En   España, desde el 1 de enero de 2024, los operadores de drones pueden volar bajo los escenarios estándar   europeos (STS-01 y STS-02) presentando una declaración operacional. Esta declaración se puede presentar para   drones certificados o no certificados.

 

¿Vale la pena hacer la declaración ya y seguir con los STS-ES hasta fin de 2025 o atenerse a los europeos?

 

En general, hay dos ventajas principales de hacer la declaración operacional para los STS-ES:

Permite volar con drones no certificados, lo que puede ser una ventaja económica.
Permite volar en España hasta el 31 de diciembre de 2025, incluso si los STS-ES dejan de ser válidos.
Sin embargo, también hay algunas desventajas:

Las condiciones de los STS-ES son más restrictivas que las de los STS-EU. Por ejemplo, los STS-ES limitan el peso   de  los drones a 25 kg, mientras que los STS-EU permiten drones de hasta 250 kg.
La declaración operacional debe ser renovada cada dos años.
Si se van a realizar operaciones sencillas, en zonas no pobladas y con drones de pequeño tamaño, puede ser una   buena idea hacer la declaración operacional para los STS-ES. Esto permitirá ahorrar dinero y tener más   flexibilidad  a la hora de volar.

Sin embargo, si se van a realizar operaciones más complejas, en zonas pobladas o con drones de mayor tamaño,   puede ser mejor atenerse a los STS-EU. Estos escenarios ofrecen más libertad y flexibilidad, y se adaptan mejor a   las necesidades de los operadores profesionales.