Volar en aglomeraciones de edificios en pueblos y ciudades (hasta 2024)


VUELO RECREATIVO:

  • – Categoría abierta subcategoría A1
  • – Solo con drones de menos de 250gr
  • – En zona libre en Enaire Drones (si no pedir autorización/coordinación al gestor de la zona)
  • – A menos de 20m de altura desde el suelo
  • – Sobre personas no informadas. Cuidado con la protección de datos!)
  • – Nunca sobre aglomeraciones de personas
  • – Dron siempre a la vista
  • – Con drones <250gr NO se necesita certificado de piloto (aconsejable tener el A1/A3)
  • – Obligatorio familiarizarse con el manual del dron
  • – Obligatorio el registro de operador en AESA si el dron lleva cámara (no es un juguete)
  • – Número de operador en el dron
  • – Seguro de responsabilidad civil
  • – Chequear el dron antes de volar
  • – No superar la masa máxima al despegue
  • – Observar el entorno (libre de obstáculos)

 

 Los ayuntamientos NO tienen competencia sobre el vuelo de drones, salvo ocupación de suelo público en caso   de tener que acotar la zona de vuelo o despegue/aterrizaje.

 

VUELO PROFESIONAL o DRON <250GR:

  • – En categoría específica escenario STS ES 01*
  • – Registro de operador
  • – Formación en STS 01*
  • – Declaración responsable en STS 01*
  • – Manual de operaciones
  • – Comunicación al Ministerio de Interior
  • – Otras coordinaciones (aeropuertos, ZEPAS, etc.)
  • – Máx. 120m de altura
  • – Máx. 100m de distancia
  • – Siempre a la vista
  • – En zona acotada
  • – NO personas no participantes
  • – Dron <10 kg
  • – Velocidad limitada a 5m/s
  • – Con paracaídas

 

 * En categoría abierta también se podría volar profesionalmente, no es necesario el sts-01. En ese caso hace falta   un EAS específico para el escenario. Te informamos