Normativa de drones en 2024: ¿qué ha cambiado?


NORMATIVA DRONES EN 2024: Marcados, DRI, Categorías de vuelo, Drones FPV… ¿Dónde puedo volarlos?

La nueva normativa Europea sobre el uso de drones establece diferentes categorías de vuelo en función del tipo de dron y su uso. En esta tabla se resumen las principales categorías y sus requisitos:


Los drones sin marcado solo podrán volarse fuera de entornos urbanos (Categoría A3). Aquellos entre 250g-900g requerirán marcado Clase C1 y formación básica. Los drones de más de 900g necesitarán marcado Clase C2 o superior y una formación más específica. Todos los drones deberán estar registrados antes del 30 de agosto de 2024 incorporando su DRI (identificación remota).

Todos los drones que se comercialicen a partir del 01/01/2024 deben pertenecer a las siguientes categorías:

  • C0 – < 250g
  • C1 – < 900g o menor de 80J
  • C2 – < 4Kg
  • C3 – < 25Kg
  • C4 – < 25Kg

Declaración Operacional

La declaración operacional es un trámite que debe realizarse para cada dron y consiste en registrar los datos del operador y del aparato ante la autoridad aeronáutica competente (AESA en España).

En concreto, la declaración operacional requiere aportar la siguiente información:

Datos del operador: Nombre, apellidos, DNI y dirección.

Datos del aparato: Marca, modelo, matrícula o número de serie, clase.

Certificado de seguro que cubra daños a terceros.

Manual de vuelo y procedimientos operativos. 

El objetivo de la declaración operacional es crear un registro único de todos los drones y pilotos autorizados para volar en cada país. De esta forma, las autoridades pueden supervisar y controlar la actividad de cada aparato.

La nueva normativa europea Obliga a realizar esta declaración tanto para drones de uso recreativo como profesional. Se puede tramitar de forma telemática a través de la página web de la AESA. Es un requisito indispensable a partir de agosto de 2024 para poder usar cualquier dron de forma legal.

STS-ES-01 , STS-ES-02: El periodo transitorio se alarga hasta el 30 de agosto de 2024. Validez de las declaraciones hasta el 1 de enero de 2026.

Cuando los drones tengan marcado de clase C5 permitirán realizar operaciones en STS-01: VLOS sobre una zona terrestre en una zona poblada en un entorno controlado.

Cuando tengan el marcado de clase C6 permitirán realizar operaciones en STS-02: BVOLS sobre una zona terrestre controlada en un entorno escasamente poblado.

Se pueden realizar operaciones con UAS sin identificación de clase?¿

Se pueden reacondicionar si el fabricante envía el marcado de clase bajo su autorización.

Si han sido introducidos en el mercado antes del 1 de enero de 2024 pudiéndose volar en la subcategoría A1 con MTOM < 250g y en subcategoría A3 con MTOM < 25Kg.

Volando en los STS nacionales (STS-ES-01, STS-ES-02).

Categoría especifica autorizada.

DRI, que es y quién lo necesita ?¿

DRI son las siglas de Drone Remote Identification, que significa Identificación Remota de Drones. Se trata de un sistema que permite identificar de forma automática a los drones en vuelo.

Los principales aspectos del DRI son:

Es un marcado electrónico que va incorporado al dron y emite señales con sus datos de identificación de forma inalámbrica.

Los datos que transmite incluyen el número de serie único, nombre y contacto del operador, alcance máximo y hora de vuelo restante.

Permitirá a las autoridades controlar y rastrear drones de forma remota en tiempo real mediante receptores terrestres.

Mejorará la seguridad al poder identificar fácilmente el operador de cualquier dron y tomar medidas en caso necesario.

En cuanto a quién lo necesita, el DRI será obligatorio a partir del 30 de agosto de 2024 para:

Todos los drones de la categoría abierta que tengan designación de clase.

Los drones de las categorías específicas como C2, C4 o categoría Enterprise.

Los drones utilizados con fines comerciales o de investigación.

Paracaídas

Se pueden eliminar en drones con marcado de clase C0 y C1.

Autorización operacional

  • Seguirá siendo obligatoria para drones de más de 25Kg.
  • Más de 120m de altura.
  • Más de 3m de envergadura.
  • Transporte de mercancías peligrosas.
  • Concentraciones de personas.