Parecía que los drones de menos de 250g como el Mavic Mini o el Mini 2 iban a quedar exentos si se operaban en categoría abierta. PERO NO.
Hasta la entrada en vigor del esperado Real Decreto de UAS, se va a aplicar la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea (puedes leer el BOE aquí). Es decir, ¡que la propia agencia se acaba de enterar de que esta normativa estaba en vigor y afectaba a los seguros de los drones!.
Os dejamos, por si os interesa, dos enlaces más o menos contrastados: el de una compañía francesa (asociada con AXA en España) y el de un club alemán. Ambas opciones son MUCHO más baratas que sus homónimas españolas, al menos para uso recreativo (en profesional creo que son algo más caras que las españolas). Aunque con menos referencias, también se está hablando positivamente de Coverdrone y de Flockcover.
En cuanto a su validez, hay quien tiene sus dudas. Pero creemos que en un juicio deberían considerarse válidas por lo siguiente:
No se autorizará la circulación por el espacio aéreo nacional de ninguna aeronave extranjera que no justifique tener asegurados los daños que pueda producir a las personas o cosas transportadas o a terceros en la superficie.
Artículo ciento veintiocho, Capítulo XIV, Ley 48/1960 de Navegación Aérea
Es decir, si un francés viene con su dron cubierto por una aseguradora francesa, no problem. Ok, pues si ese seguro es válido para el francés, para mí también.
Articulo original: Vekingo